Habrá free shops en pasos fronterizos terrestres de Argentina

Habrá free shops en pasos fronterizos terrestres de Argentina

Se reglamentó la instalación de free shops en pasos fronterizos terrestres, con compras para viajeros bajo control aduanero


Rosario Times

El gobierno reglamentó este miércoles la posibilidad de instalar free shops (o tiendas libres de impuestos) en pasos fronterizos de Argentina, a partir del Decreto 438/2026 publicado en el Boletín Oficial, que habilita la venta minorista de mercaderías nacionales e importadas a viajeros que ingresen o egresen del país por vía terrestre.

La medida incorpora al ordenamiento jurídico argentino una resolución del Mercosur aprobada en 2018, que estableció un marco común para este tipo de comercios en los países miembros del bloque.

Los locales sólo podrán funcionar en pasos fronterizos habilitados o en espacios especialmente autorizados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Además, necesitarán una autorización comercial previa del Ministerio de Economía y la correspondiente habilitación aduanera.

Las compras deberán realizarse sin finalidad comercial y quedarán alcanzadas por el régimen de equipaje vigente, con las franquicias, límites de valor, topes de cantidad y controles que ya se aplican al cruce de fronteras.

El decreto también establece que las autorizaciones para explotar estos establecimientos deberán otorgarse mediante procedimientos competitivos. ARCA tendrá a su cargo la fiscalización de las operaciones y el cumplimiento de las condiciones previstas.

Qué se podrá comprar en los free shops

En los free shops de pasos fronterizos terrestres se podrán vender productos nacionales e importados destinados al uso o consumo personal de los viajeros.

La norma no define un listado cerrado de artículos permitidos, sino que habilita la comercialización de mercaderías al por menor, siempre que no estén incluidas entre las categorías excluidas y que respeten el régimen de equipaje.

Qué no se podrá comprar en los free shops

El decreto excluye del régimen a los medios de transporte, sus partes y repuestos, aceites, combustibles, animales vivos, plantas, armas y municiones.

También quedan afuera los productos de la canasta básica de consumo de las poblaciones fronterizas, incluyendo alimentos de origen animal, vegetal y productos de almacén.

No podrán venderse maquinaria agrícola, industrial, comercial o de servicios, electrodomésticos de gran porte, materiales para la construcción, materiales eléctricos, hidráulicos y sanitarios, neumáticos, tejidos e hilados.

En calzado, la restricción alcanza a la categoría en general, aunque se exceptúan las zapatillas deportivas y las ojotas. Tampoco estarán permitidos los productos de tabaco y cigarrillos.

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